jueves, 12 de enero de 2017

Acceso a la universidad para alumnos de bachillerato anterior a la LOMCE



La LOMCE, ese gran quebradero de cabeza de la educación española sigue dando titulares y dudas para toda la comunidad educativa.
Pese a que todo parecía aclarado en el tema de las revalidas con la Orden ECD/1941/2016, de 23 de diciembre, que os hemos mostrado hace unas semanas. Siguen existiendo muchos problemas que no serán fáciles de resolver hasta que cada comunidad autónoma no publica los reglamentos de desarrollo de las pruebas de acceso a la universidad.

Hoy vamos a intentar explicaros un aspecto muy importante que parece (parece) aclarado, como afectan estos cambios de revalidas y accesos a alumnos que aprobaron el bachillerato en la última PAU o que iniciaron bachillerato antes de aplicarse la ley.
La solución parece estar en disposición transitoria única de la ley que os citábamos antes, y que se titula, precisamente: Acceso a la Universidad para el alumnado que inició los estudios de Bachillerato conforme al sistema educativo anterior.
La disposición establece:

En el curso 2016-2017, y en función de lo dispuesto por las administraciones educativas, el alumnado que se incorpore a un curso de Bachillerato del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, con materias no superadas de Bachillerato del currículo anterior a su implantación y curse dichas materias según el currículo del sistema educativo anterior, no necesitará superar la evaluación de Bachillerato regulada en la presente orden para acceder a los estudios universitarios oficiales de grado.
Se aplicará el mismo criterio al alumnado que obtuvo el título de Bachiller en el curso 2015-2016 y no accedió a la Universidad al finalizar dicho curso. En ambos casos, y cuando este alumnado no se presente a la prueba, la calificación para el acceso a estudios universitarios oficiales de grado será la calificación final obtenida en Bachillerato.

Por su parte, aquellos alumnos que están repitiendo 2º de bachillerato y que iniciaron sus estudios de bachiller con la ley anterior a la LOMCE contarán con esta ventaja excepcional. Si titulan este año, cursando materias pendientes según el currículum del bachillerato anterior, podrán acceder a los grados universitarios sin tener que realizar la prueba de acceso a la universidad. Para estos casos se tendrá en cuenta solamente la nota media de las calificaciones de bachillerato.

Otro caso es el de alumnos que aprobaron bachilerato en el curso 2015/2016 pero que suspendieron PAU. La disposición establece para este caso lo mismo. Este curso podrán acceder a un grado universitario sin tener que superar ninguna prueba más, sólo con su nota media de bachillerato.

La razón de que se tome esta decisión, que puede parecer un agravio comparativo, se encuentra en que con la implantación del nuevo currículo de la Lomce este año en el segundo curso, los estudiantes del modelo anterior se verían obligados a hacer una prueba con asignaturas y temarios que no han estudiado.
Eso si, esta disposición transitoria solo se aplicará en este curso, no existiendo ninguna garantía de que se mantenga el 2017/2018 para alumnos del sistema antiguo, por lo que ya podéis espabilar los afectados, porque la llegada de una nueva ley, si hay pacto educativo, puede cambiar todo este panorama.
Si has cursado los dos cursos de bachillerato LOMCE, esta disposición no se aplica. Y si has aprobado antes del curso 2015/2016 y quieres subir nota o aprobar, debes consultar tu excepcionalidad con el servicio de inspección educativa o con el servicio de orientación de tu universidad, en Cantabria el SOUCAN


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