viernes, 18 de mayo de 2018

Esa maldita herencia



Podría decirse que uno de los rasgos más identificables del español medio es su eterno amor por la fortuna. Ese giro narrativo en sus vidas, que al modo de los guiones de la serie de Castle y Beckett, transforma una rutinaria y apagada existencia en una vida sin problemas, dedicada al ocio y al solaz de nuestras míseras almas.


Apuestas del estado excluidas, por más que su probabilidad de éxito siegue siendo baja, otro camino marca los anhelos de muchos españoles: heredar.

Aparentemente una herencia es uno de los chollos más habituales y probables de cualquier ciudadano. Siempre existirá un padre y una madre que acumularon con celo recursos para sus vástagos, un primo sin descendencia o un tío o tía que habitaban en silencio en el remoto pueblo del que arranca el árbol genealógico familiar y que, finalizados sus días, legan sus tierras, bártulos y finanzas a sus deudos y allegados, pese a que el desconocimiento mutuo sea palmario.

Dicho sin más, la noticia de que un familiar se ha acordado de ti a su fallecimiento (dicho sea en el buen sentido) es claramente una causa de gozo. Hasta que la realidad se abre entre papeles y legajos.

Al menos dos de cada tres herencias son múltiples, esto es, el finado lega todo su patrimonio a más de una persona y, generalmente, abintestato.

Eso, en primer lugar, quiere decir que los mayores no siempre siguen la más mínima recomendación de hacer testamento. Para los herederos, atraídos por la rica miel de una casa en el pueblo, unas acciones y algún solar o tierra, comienza un proceloso camino judicial. Certificados de últimas voluntades, certificados de defunción, búsqueda en el Registro de la Propiedad de los bienes raíces, declaración de herederos en el juzgado y actas notariales de aceptación de herencia. Todo un largo camino en el que las relaciones entre los herederos se van deteriorando. Discrepancias en el método, en como liquidar la herencia, en el protagonismo y liderazgo de unos sobre otros y, sobre todo, la imagen de cómo emergen las diferencias de una familia alejada hace años, obligada a convivir durante unos meses y relacionarse, cuando el tiempo y la distancia ya había puesto a cada uno en su sitio: lejos.

Si todo sale bien, que no es lo frecuente, la herencia se dividirá entre sus pocos “beneficiados” o se liquidará, repartiéndose el dinero.

Pero “la maldición de la herencia sorpresiva”, no suele acabar también. El número de herederos o la escasez de los bienes para tanto deudo suele llevar a una de las situaciones más habituales y terribles: la indivisión.

Agotados todos los plazos de acuerdo, y todas las vías judiciales, los jueces españoles suelen acudir a la figura del Contador Partidor Dirimente, un abogado de la zona encargado, con los datos aportados a la causa, de dividir la herencia en lotes iguales y adjudicárselos a cada dueño.

La tarea no es fácil. Llegados a ese punto, la guerra entre propietarios ya está desatada, no siempre todos los dueños tiene la misma participación (por la sustitución de uno fallecido, a su vez, por sus herederos, por ejemplo), no todas las propiedades son iguales, ni tienen las mismas cargas, ni … Así que el contador no se complica. Que todo sea de todos, cada uno en su proporción.

Puede parecer un caso aislado, una situación rara propia de familias adineradas que se disputan cuantiosos patrimonios. Pero no. En las zonas rurales de España, la muerte de los últimos habitantes de los pueblos traslada a la ciudad, a sus herederos, una guerra por casi nada. Una guerra declarada en la que nadie pensó, al principio de ella, cual era el botín y cual el precio de obtenerlo, vamos, que si valía la pena embarcarse en esta aventura.

Estos pleitos pueden durar años, las familias anteponen su orgullo y factores emocionales a toda lógica, quedando atrapadas en un black jack judicial en el que siguen apostando, en lugar de haberse retirado a tiempo.

Pero cuando todo termina (aparentemente), y las escrituras y el papeleo ya están claros, viene lo peor, poner de acuerdo a un montón de personas en la gestión de ese patrimonio (que ahora se ve claro que no merecía la pena) y en su liquidación.

Un ejemplo, la familia heredera de A.R. Sañudo heredó, tras un agrio pleito judicial un patrimonio de 27 propiedades en las localidades de Torrelavega y Santillana del Mar. Dos casas derruidas en terreno no edificable, 5 parcelas en montes de uso forestal de escaso valor (con menos de 1500 metros cuadrados cada una) y una serie de parcelas no edificables, por su escaso tamaño, repartidas por ambos municipios. Un escaso bagaje para que a cualquiera de los 21 herederos le merezca la pena el esfuerzo y dinero empleados en defender el famoso “a mi nadie me quita lo mío”. “Fue una herencia rara”, nos comenta uno de los dueños, que no quiere que aparezca su nombre. Y es que la herencia es fruto de la muerte de dos hermanos, uno soltero y otro casado, con cinco hijos, de los cuales uno murió sin testamento ni herederos y otra le dejo su parte a dos desconocidos, para fastidiar a sus hermanos. Ahora, una familia mal avenida se enfrenta a la dura realidad. Junto a las facturas de abogados e instituciones públicas es preciso pagar el IBI y otros impuestos, y hacer frente a las responsabilidades que ser de dueño acarrea.

En enero, la comunidad de propietario fue demandada por el ayuntamiento por impago de impuestos y tasas. En febrero un vecino de Ganzo, un barrio humilde de Torrelavega iniciaba acciones legales contra la comunidad por que su casa colindante se venia abajo y amenazaba la pared medianil que la separa de su vivienda. Una situación surrealista si se tiene en cuenta que el vecino demandante ocupa el solar como almacén y había vendido las vigas de la vieja construcción en litigio, aprovechando el desgobierno y la incapacidad de ponerse de acuerdo entre los propietarios.

Los males no han parado ahí. Hace unos días una ladera en Riaño, barrio de Santillana se venia abajo por las lluvias y arrastraba lodo y maderas hasta dos casas colindantes. El monte, de unos mil metros cuadrados, es propiedad de nuestros ínclitos dueños. Durante años, los del proceso judicial, los vecinos han ocupado parte de la parcela, han construido una terraza y una piscina, han talado árboles y han movido el terreno hasta que este ha cedido. Reparado de urgencia el desaguisado por el ayuntamiento, para evitar males mayores, la comunidad se enfrenta a una factura de 80.000 € generada por su abandono, con la inestimable colaboración de una vecina, con el riesgo de que la deuda se ejecute solo contra los dueños localizados, los que viven en el municipio, por que los demás, en Madrid, Ávila o Alicante, están muy lejos. Cosas de las responsabilidades solidarias y mancomunadas de esta propiedades.

Hace unos días, una abogada de Torrelavega nos explicaba que en las zonas rurales del norte de España, con propiedad muy minifundista, la herencia por varias personas de estos bienes es un infierno. Es frecuente que los colindantes acaben moviendo los linderos y matriculen las fincas a su nombre en el Registro de la Propiedad. Un registro que, a día de hoy, no tiene sus datos cruzados con el catastro, no recoge las ventas mediante documentos privados, algo usual en las áreas rurales y no detecte que las fincas están a veces duplicadas, a nombre de sus dueños legítimos y, con datos cambiados, de quien se apropia de ellas.

Así que visto, lo visto. ¿De verdad quieres heredar?





Imagen Lucas Criado

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