La
desamortización de Mendizabal es uno de los proyectos clave para la
transformación de España en el siglo XIX, sentando las bases del estado
liberal.
Es por ello que este es uno de los textos seleccionados para Historia de España.
Esta es una forma de comentar y trabajar este texto. Para que veas que una
misma idea se puede exponer de varias formas.
TEXTO ORIGINAL
La
desamortización de Mendizábal, Gaceta de Madrid, 21 de diciembre de 1836.
"Señora:
Vender la
masa de bienes que han venido a ser propiedad del Estado,
no es tan
sólo cumplir una promesa solemne y dar garantía positiva a la deuda nacional
por medio de una amortización exactamente igual al producto de las ventas,
es abrir
una fuente abundantísima de felicidad pública; vivificar una riqueza muerta;
desobstruir los canales de la industria y de la circulación;
apegar al
país por el amor natural y vehementemente a todo lo propio; ensanchar la
patria, crear nuevos y fuertes vínculos que liguen a ella; es en fin
identificar con el trono excelso de Isabel II, símbolo de orden y de libertad.
(...).
[repite sus
argumentos]
El decreto que voy a tener la honra de
someter a la augusta aprobación de V.M. sobre la venta de esos bienes
adquiridos ya para la nación, así como en su resultado material ha de producir el
beneficio de minorar la fuerte suma de la deuda pública, es menester que en su
tendencia, en su objeto y aún en los medios por donde aspire a estos problema,
aquel resultado, se enlace, se encadene, se funda en la alta idea de crear una
copiosa familia de propietarios, (...) en cuyos goces y cuya existencia se
apoye principalmente el triunfo completo de nuestras altas instituciones y el
trono de su majestad católica.
Madrid, 19
de febrero de 1836. Juan Álvarez y Mendizábal".
VOCABULARIO
Deuda nacional:
(También recibe el nombre de deuda soberana). Son las obligaciones de pago
contraídas por un Estado, en este caso el Reino de España, con otros países,
con bancos o con particulares. El origen de la deuda de la que habla el texto
se encuentra en el reinado de Carlos III, quien creó el Banco de San Carlos
únicamente para gestionarla.
En los años
posteriores, la deuda nacional asciende, motivada por los importantes gastos
del Estado (Guerra de Independencia, guerra con los colonos americanos…). Al
hablar de eliminar la deuda nacional, se busca cumplir con esas obligaciones de
pago acumuladas y a su vez cubrir los intereses.
Riqueza
muerta: Son todos los bienes y propiedades inmuebles que aún a principios del
siglo XIX no generaban renta, ya que estaban amortizados (no podían venderse o
comprarse). Pertenecían en su mayoría a la Iglesia , aunque también a otras instituciones
(orfanatos…).
Esto
impedía que otros dueños se ocuparan de estos bienes e hicieran un uso
productivo de ellos. Desaparecieron con las sucesivas desamortizaciones que se
llevaron a cabo en el siglo XIX.
Isabel II:
Fue la hija mayor de Fernando VII, rey de España desde 1814 hasta 1833 (además
de un corto período en 1808). Ella llegó a reinar gracias a la Pragmática Sanción
impulsada por su padre, que anulaba la ley Sálica de Felipe V que impedía
reinar a las mujeres. Este cambio legal implicó un conflicto sucesorio con los
partidarios de su tío (llamados carlistas). Hasta 1843, Isabel II reinó en
minoría de edad, bajo la regencia de su madre Mª Cristina y del general
Espartero después. Su reinado se caracteriza por la consolidación del Estado
liberal en España.
Es
considerada la primera reina constitucional y la primera en tener que abandonar
el país ante la revolución que la derrocó en 1868.
CONTEXTUALIZACION
Se trata de
una carta privada en la que Mendizábal, primer ministro del gobierno de España,
pretende convencer a la regente María Cristina para que firme el último paso
del proceso de desamortización: la venta de las tierras expropiadas a la Iglesia.
El autor
del texto es Juan Álvarez de Mendizábal, presidente del Consejo de Ministros
entre 1835 y 1836. Es un político liberal progresista que pretende instaurar
plenamente el liberalismo en España. Él estuvo exiliado en Londres durante la Década Ominosa , pues
fue perseguido por Fernando VII. Además, Mendizábal es banquero y precisamente
por ello, uno de los más capacitados para solucionar el problema de la deuda
española, debido al gran número de gente influyente que conoce.
El texto es
privado y de carácter económico, aunque con el paso del tiempo, salió a la luz.
Se produce
tras la muerte del rey Fernando VII, en plena guerra carlista. Igualmente, se
da durante la regencia de Mª Cristina de Borbón, en plena revolución liberal y
durante las revoluciones europeas de 1830 (que por tanto crean un marco
histórico favorable a las pretensiones del texto).
Su único
destinatario es la regente Mª Cristina, madre de la reina Isabel II.
Su
intención es vencer la resistencia de la regente a una medida que liquidaría
por completo el Antiguo Régimen: la venta de las tierras que ya habían sido
expropiadas a la Iglesia ,
creando de esa forma un libre mercado de tierras.
ANALISIS
En el texto
encontramos dos partes fundamentales: el planteamiento del tema (bloque expositivo)
y, a continuación, los argumentos (bloque argumentativo).
- El
planteamiento se corresponde con las dos primeras líneas. Aquí se expone el
problema: la necesidad de la venta de los bienes de la Iglesia , como último paso
del proceso de desamortización. Hay que tener en cuenta que el privilegio de la
amortización ya se había eliminado y las tierras ya se habían expropiado y
nacionalizado.
- A
continuación, llegan los argumentos, que son de diverso tipo, tanto
financieros, como económicos y también políticos.
En el
argumento financiero (desde “no es tan solo” hasta “ventas”) se justifica que
es necesaria la venta de las tierras para poder devolver toda la deuda nacional
que se acumula desde hace años. Esto es así porque se trata de una “promesa”
hecha con los acreedores.
La garantía
de poder devolver esa deuda es el dinero que se obtenga con la venta de las
tierras. Eso a su vez generaría más confianza y permitiría la obtención de
créditos futuros.
Cabe
destacar que la palabra amortización está usada aquí con un doble sentido. Por
un lado, se refiere a la liquidación de una obligación de pago y por el otro, a
la eliminación de un privilegio propio del Antiguo Régimen. En el texto se
habla de que los fondos obtenidos se destinarán a saldar la deuda nacional, es
decir, a amortizar todos los pagos que han aumentado considerablemente con la
guerra carlista. Si no se cubre esa deuda, será imposible obtener más dinero, y
por tanto, no se podrá ganar esa guerra.
A
continuación, se exponen los argumentos económicos (desde “es abrir” hasta
“circulación”). Aquí se habla de la necesidad de poner en el mercado aquellas
riquezas muertas que no se utilizan. Es fundamental “desobstruir los canales de
la industria”, ya que con el dinero obtenido se podría poner en marcha toda una
industria que a su vez reactivaría los demás sectores de la economía nacional.
Se pone de manifiesto que si el sector primario no es libre, no se puede
generar riqueza para los demás.
Por último,
se emplean argumentos políticos (desde “apegar el país” hasta “libertad”).
Considera fundamental vincular la venta de las tierras con el sistema liberal,
es decir, conseguir que la gente crea que el liberalismo se asocia a la
eliminación de privilegios (ya que con la expropiación de los bienes de la Iglesia , se elimina el
pago del diezmo y otros impuestos).
Además,
expone que se debe identificar la medida con el trono de Isabel II. De esa
forma, la reina podrá contar con el apoyo de las masas campesinas, principales
perjudicadas por el privilegio de la
Iglesia y por no permitir el libre comercio de las tierras.
A partir de
aquí, en el texto se reiteran los argumentos anteriores.
COMENTARIO
a) Marco Histórico.
Esta ley
encuentra sus precedentes en la desamortización parcial que llevó a cabo el
valido Godoy o en las acciones emprendidas durante el reinado de José I y en la
obra legislativa de las Cortes de Cádiz.
Otro
antecedente claro del texto lo encontramos durante el reinado de Fernando VII.
Este período comenzó en 1808, tras la abdicación de Carlos IV.
Sin
embargo, tras las abdicaciones de Bayona de ese mismo año, José Bonaparte ocupó
el trono español y comenzó la
Guerra de Independencia contra Francia. Fernando VII
regresaría tras la derrota definitiva de José I en 1814, en plena etapa de la Restauración. Recibiría
sus principales apoyos de los denominados “persas” (absolutistas) y del
ejército.
Su régimen
absolutista se vio interrumpido durante las revoluciones de 1820, cuando el general
del Riego impuso el liberalismo en España. En esa época (el Trienio Liberal),
encontramos un precedente claro de la desamortización de la que habla el texto.
Se trata de la Ley
de Supresión de Monacales, que eliminó ciertas órdenes monásticas.
La intervención
de la Santa Alianza
restauraría el absolutismo en 1823. Durante los últimos años de su reinado,
Fernando VII (por medio de Cea Bermúdez) introdujo un cierto aperturismo hacia
los sectores más liberales. Se trataba de conseguir apoyos para que su hija
Isabel pudiera reinar a su muerte. Para ello, anuló la Ley Sálica de Felipe V
e introdujo la
Pragmática Sanción , que colocaba a su hija en la primera
línea de sucesión.
Mientras
tanto, los persas que le habían apoyado al principio, deseaban que le sucediera
un rey capaz de gobernar junto a las Cortes estamentales, respetando los fueros
y los privilegios. Por ello, apoyaban al hermano del rey, Carlos María Isidro
de Borbón (el infante don Carlos) y rechazaban a su hija. A la muerte de
Fernando VII en 1833, comienza la guerra carlista, que enfrentará a los
partidarios de don Carlos y de Isabel II (isabelinos). A su vez, comenzaba el
período de regencia ante la minoría de edad de la reina. Su madre, Mª Cristina
de Borbón, se convirtió en la regente.
Ella
intentó mantener el legado de su marido, pero precisaba el apoyo de los
liberales para ganar la guerra, que se extendió hasta 1840. En un primer
momento, se pusieron en marcha ciertas reformas liberales moderadas, de la mano
de Martínez de la Rosa
(el primer ministro liberal nombrado por la regente). Sus medidas se plasmaron
en el Estatuto Real de 1834, una Carta Otorgada que recoge entre otras cosas
una regulación de las Cortes (con unos poderes muy limitados), pero no se
refiere ni a la soberanía ni a los derechos.
Ante el
poco apoyo que congregaron estas tibias reformas, la regente se vio obligada a
nombrar a Mendizábal (perteneciente al ala radical del liberalismo y autor del
texto) como primer ministro.
b) Contenido.
Uno de los
temas que aborda claramente el texto de 1836 es el de la deuda nacional. Sin
embargo, esta deuda venía arrastrada desde la época del reinado de Carlos III.
Se sustenta en los progresivos déficits en que había incurrido España hasta ese
momento. Uno de los principales problemas fiscales del Reino era la falta de
contribución de los “privilegiados”, aquellos que tenían en sus manos la mayor
parte del patrimonio (nobleza y cero principalmente). Esto hacía que los
ingresos del Estado permanecieran estancados. En cuanto a los gastos,
aumentaron enormemente por el progresivo ciclo de guerras (como la de los 7
años o la de independencia de EEUU), además de por la corrupción (que se vio
incrementada durante los reinados de Carlos IV y Fernando VII). Conviene
destacar que esa situación se hacía insostenible por los cuantiosos intereses
acumulados por una deuda arrastrada durante décadas. *No hace falta extenderse
aquí si el concepto de deuda ya se ha explicado en el vocabulario.
Por tanto,
el texto habla de que la mejor manera de obtener dinero y poder pagar esa
ingente deuda es mediante la venta de aquellas tierras que ya han sido
expropiadas y nacionalizadas.
El ministro
Mendizábal es el encargado de convencer a la regente de esa medida, pues es
precisa su autorización para ejecutar esa operación.
Mientras
ella se muestra reticente, pues sabe que si acepta, el Antiguo Régimen se
desmoronaría completamente, Mendizábal trata de conseguirlo por todos los
medios, tanto por causas económicas como políticas.
Conviene
destacar que Mendizábal, conocido banquero residente en Londres que gozaba de
buenos contactos, defiende el ala más progresista del liberalismo.
Algunos de
los principios fundamentales del liberalismo más radical son la separación de
poderes, la igualdad ante la ley y los derechos (y por tanto la eliminación de
privilegios como la amortización), la creación de constituciones, el derecho a
voto, la separación Iglesia-Estado, el anticlericalismo, el librecambismo, el
sistema de representación en partidos o las reformas económicas que defiendan
la propiedad privada y la libre empresa.
Por ello,
Mendizábal, no duda en proponer los beneficios de la ley de desamortización,
para acabar definitivamente con los privilegios sobre la tierra. En el momento
en que se escribe el texto, ese privilegio ya estaba eliminado, pues las
tierras ya se habían nacionalizado. Para completar el proceso legal, sólo
quedaba vender las tierras en pública subasta. Con ello se conseguiría no sólo
solucionar el problema de la deuda, sino también generar confianza para obtener
nuevos créditos, reducir el poder eclesial (algo que no menciona en ningún
caso), liberar el mercado y crear una capa de pequeños propietarios que
reactivara la economía (mediante el cobro de impuestos).
El contexto
de la situación que plantea el texto se da durante la guerra carlista. La
regente necesita ganar esa guerra para asegurar la continuidad del reinado de
su hija. Sin embargo, sería imposible la victoria sin la obtención de fondos,
necesarios para cubrir los ingentes gastos de la contienda.
En contra
de Mendizábal se encontraban tanto los carlistas (partidarios del Antiguo
Régimen), como los liberales moderados. Este último grupo venía representado
por las clases altas, partidarias de la protección de la ley y el orden por
encima de todo. Igualmente, defendían ciertas reformas políticas, la soberanía
compartida, el sufragio censitario, el proteccionismo o el establecimiento de
un Estado confesional. Algunos de sus máximos representantes fueron Martínez de
la Rosa , Narváez
o Leopoldo O’Donnell.
Cabe
destacar además que, en esta época, Mendizábal no sólo pondría en práctica la
ley de desamortización, sino otras muchas reformas. Entre ellas cabe destacar
la ley de ayuntamientos (que otorgaba a los vecinos la capacidad para elegir a
su alcalde, aunque de un modo restringido); la renegociación de la deuda
(cambio de las condiciones); la reforma fiscal; la supresión de señoríos y
conventos o la creación de la Milicia Nacional (ejército burgués). Igualmente,
conviene resaltar la importancia de la Constitución de 1837, segunda de la historia
española, que aún reconocía un Estado confesional. Todas estas reformas
supondrían el fin definitivo del Antiguo Régimen, gracias al establecimiento de
un amplio sistema de libertades y derechos, donde destacan las Leyes de Habeas
Corpus (o de garantía judicial de los detenidos).
c) Consecuencias.
Los
objetivos que Mendizábal se propuso con la venta de las tierras nacionalizadas
estaban claros: cubrir la deuda, atender los gastos de la guerra, crear un aval
para nuevos endeudamientos, aumentar el peso de las masas campesinas y ganarse
su favor, reactivar la economía (y por tanto asegurarse un mayor cobro de
impuestos) y, además, quitar poder e influencia a la Iglesia (algo que no se
refleja en el texto).
Sin
embargo, la realidad fue otra. Finalmente, se consiguió que la regente Mª
Cristina autorizara la venta de las tierras de la Iglesia. Con ello, se
obtuvo gran cantidad de dinero y se consiguió disminuir la deuda española.
Pese a
todo, cabe destacar que muchos de los títulos de deuda habían sido vendidos en
el mercado secundario a un precio inferior al de su valor original o nominal,
es decir, a lo que una persona había pagado en origen al Estado. No obstante,
el Estado aceptó la compra de muchas de las tierras con títulos de deuda que no
reflejaban su valor real o de mercado. Uno de los más críticos con esta medida
fue Flórez Estrada, quien afirmó que esa forma de pago había reducido el
volumen de dinero obtenido.
La
explicación para este proceso fue la urgencia con la que Mendizábal quiso
acelerar la venta de las tierras, ante un posible cambio de opinión de la
regente. Además, accedió al pago con títulos de deuda para favorecer al grupo
de banqueros que previamente habían colaborado con España ofreciendo dinero
para la guerra carlista.
Por otro
lado, no se consiguió crear esa red de propietarios que planteaba Mendizábal,
pues la concentración de las tierras se mantuvo. Por aquella época, se creó la
figura del testaferro: aquellos campesinos que, dirigidos por los burgueses
capitalistas accedían a la compra de las tierras para posteriormente
vendérselas a los especuladores. De esta forma, las tierras pasaron de estar en
manos de la Iglesia
a estar en manos del gran capital.
Uno de los
objetivos conseguidos fue que la
Iglesia perdió poder, ya que en el siglo XIX se eliminó gran
parte de su patrimonio. La
Iglesia Católica , a partir de ese momento, dependería
económicamente del Estado.
Cabe
destacar no obstante que, con la guerra carlista casi finalizada, Mendizábal se
estaba tornando cada vez más incómodo e impopular, por lo que la regente lo
destituyó. En 1837, los liberales moderados ganaron las elecciones y comenzaron
a paralizar la obra progresista (donde se incluía la desamortización).
Tras el
motín de la Guardia Real
en la Granja
(1836) y varias algaradas, las Cortes destituyeron a la regente María Cristina
en 1840. La guerra ya había terminado con la derrota de los carlistas, a causa
del poco control de las ciudades y centros económicos y demográficos y del
aislamiento internacional. Baldomero Espartero ascendió a la regencia, tras
haberse convertido en héroe nacional con el Abrazo de Vergara (que había puesto
fin a la primera guerra carlista). Sin embargo, este tuvo que dimitir en 1843
por su actitud poco dialogante y por el tratado de librecambio con Inglaterra.
En ese momento, Isabel II es declarada mayor de edad con tan sólo 13 años.
En 1851, se
firmó un concordato con la
Iglesia Católica por el cual se devolvían al clero las
tierras que no habían sido vendidas aún. No obstante, todo el proceso que había
comenzado Mendizábal, terminó con la desamortización de Pascual Madoz (liberal
progresista) de 1855, por la que también se eliminaron las propiedades y fincas
de los ayuntamientos y se vendieron el resto de propiedades de la Iglesia.
Se puede
concluir por tanto que el efecto financiero de la desamortización fue limitado,
pero mucho mayor en el ámbito económico. En cuanto al ámbito político, el
carlismo no desapareció tras su derrota al final de la guerra, pese a que
España ya se había consolidado como una potencia liberal.
Imagen
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